En Argentina, una persona es menor de edad hasta cumplir los 18 años. Esto significa que, hasta el día anterior a su cumpleaños número 18, continúa siendo considerada menor de edad a los efectos civiles, aunque para determinados derechos la legislación establezca edades diferentes —por ejemplo, el derecho al voto puede ejercerse desde los 16 años.
¿Quién representa a una persona menor de 18 años?
Mientras una persona no haya alcanzado la mayoría de edad, se encuentra sujeta, como regla general, a la responsabilidad parental de sus progenitores.
La responsabilidad parental —lo que antiguamente se denominaba patria potestad— comprende el conjunto de deberes y derechos que corresponden a los progenitores respecto de sus hijos menores de edad, teniendo siempre como principio rector su protección, desarrollo y interés superior.
En principio, esta responsabilidad corresponde a ambos progenitores, aunque pueden existir situaciones particulares: ejercicio unilateral de la responsabilidad parental, fallecimiento de uno de ellos, privación o suspensión de la responsabilidad parental, delegación de determinadas funciones, tutela, decisiones judiciales específicas, entre otras.
¿Qué ocurre con los trámites consulares?
Esta cuestión adquiere especial importancia cuando un niño, niña o adolescente debe realizar un trámite ante un consulado argentino.
Dependiendo del trámite de que se trate, puede requerirse la presencia de ambos progenitores, el consentimiento del progenitor que no se encuentre presente o determinada documentación que permita acreditar quién ejerce la responsabilidad parental y con qué facultades.
Esto puede ocurrir, por ejemplo, en trámites relacionados con:
- pasaportes y documentación;
- autorizaciones de viaje;
- nacionalidad y ciudadanía;
- inscripciones y registraciones;
- determinados actos que involucran la representación de una persona menor de edad.
Sin embargo, no todos los trámites exigen exactamente la misma intervención de los progenitores. Por eso, es importante analizar cada caso concreto y verificar tanto el tipo de trámite como la situación familiar y jurídica del menor.
¿Y si uno de los progenitores no puede o no quiere prestar su consentimiento?
La ausencia de uno de los progenitores no significa necesariamente que el trámite sea imposible.
Será necesario determinar por qué no interviene, qué documentación existe y si el otro progenitor cuenta con facultades suficientes para actuar por sí solo. En algunos casos puede ser necesario presentar documentación adicional y, en otros, obtener previamente una autorización judicial.
También pueden presentarse situaciones más complejas cuando los progenitores viven en distintos países, existe un conflicto familiar, uno de ellos se encuentra en paradero desconocido o el niño se encuentra al cuidado de otro familiar.
Por ello, antes de iniciar un trámite consular que involucre a una persona menor de 18 años, resulta conveniente verificar qué consentimiento se requiere y cómo debe instrumentarse, especialmente cuando no podrán comparecer ambos progenitores.
En Lux Brumalis asesoramos en cuestiones de derecho migratorio, ciudadanía y movilidad internacional que involucran a niños, niñas y adolescentes, incluyendo situaciones en las que resulta necesario determinar la representación legal o las autorizaciones requeridas para realizar trámites en Argentina o ante autoridades consulares argentinas.





