Derecho tributario. Impuestos y personas migrantes en Argentina

por Paula Carello | Nov 16, 2025 | Publicaciones

1. Residencia migratoria y residencia fiscal no son lo mismo

Muchas personas, empresas y organismos confunden estos dos términos que tienen relevancia jurídica, a los fines impositivos.

  • Residencia migratoria: Es asignada por la Dirección Nacional de Migraciones (organismo descentralizado dependiente del Ministerio del Interior de la Nación). Otorga “permisos de residencia” (que son, jurídicamente, “actos administrativos”). Según la normativa migratoria, las personas extranjeras pueden ser: residentes regulares (con un permiso o autorización de residencia aprobada y asignada por la autoridad) o irregulares (migrantes indocumentados, personas en situación migratoria irregular).

Existen tres tipos de residencia migratoria legal (y visas asociadas):

  • Transitoria (turistas, estudiantes y trabajadores migrantes con contrato de corto plazo -menos de 1 año-, nómades digitales, etc): no poseen ni tienen acceso a un Documento Nacional de Identidad (DNI).
  • Temporaria (1 año, prorrogable hasta 2 o 3 años: para trabajadores migrantes contratados, refugiados, pensionados, rentistas, y nacionales de estados parte del MERCOSUR, entre otros): poseen DNI.
  • Permanente (por plazo indefinido): aplicable a situaciones de reunificación familiar o arraigo en el país por el paso del tiempo (2 años para nacionales del MERCOSUR y 3 años para nacionales extra-MERCORUR) – deben demostrar que poseen recursos suficientes para sustentar su estadía, y que carecen de antecedentes penales.

En términos fiscales, las personas pueden ser consideradas:

  • Residentes fiscales (luego de 12 meses en el caso de individuos no contratados por empleador local y luego de 5 años, individuos contratados).
  • No residentes, en términos fiscales (extranjeros contratados que residan en el país por menos de 5 años, o individuos que permanezcan en el país por menos de 12 meses). Los no residentes en Argentina tributan en Argentina por los ingresos que generen en el país (“fuente argentina”).

2. Año fiscal

El año fiscal comienza el 1 de enero y termina el 31 de diciembre del mismo año.

3. ¿Quiénes deben pagar impuestos en Argentina?

Según la normativa argentina, la “residencia” es el nexo de la vinculación jurídica-tributaria. Por ello, en términos generales, todas las personas que residen en Argentina (argentinas o extranjeras) están alcanzadas por las rentas (ganancias) en Argentina y en el exterior el sistema tributario, ya sea como trabajadores/as, profesionales, autónomos/as o empleadores/as. Esto significa que, si vive en el país de forma habitual y tiene ingresos, debe cumplir con ciertas obligaciones ante ARCA.

  • Los turistas (residentes transitorios, según la normativa migratoria) pagan impuesto al consumo: Impuesto al Valor Agregado (IVA), de un 21% por las compras de productos nacionales, y pueden solicitar su reintegro al abandonar el país (“refund tax”).
  • Otros residentes transitorios, como estudiantes de idiomas o nómades digitales (considerados tales de acuerdo con la normativa migratoria: aquellos que cuenten con empleador en el exterior, y no los autónomos), no deben pagar impuestos. Los nómades digitales que trabajen por cuenta propia tienen otro régimen.

4. Determinación de la residencia fiscal

Según la normativa local, una persona es considerada residente fiscal en Argentina si, en forma alternativa:

  • Obtiene de la Dirección Nacional de Migraciones un permiso de residencia (temporario o permanente).
  • Permanece en el país más de 12 meses.
  • Permanece en el país más de 183 días al año, aunque no sean consecutivos, y tiene “centros de intereses vitales” en Argentina (lo cual es un “indicio de residencia”): es decir, su hogar, familia o fuente principal de ingresos.

5. ¿Sobre qué ingresos deben pagar impuestos los residentes fiscales?

Los residentes fiscales deben declarar y tributar por sus ingresos (renta) de fuente argentina y fuente extranjera (ej. nómades digitales, personas que exportan servicios, etc).

Sin embargo, también es importante tener en consideración los acuerdos para evitar la doble imposición, firmados por la República Argentina con terceros países, los cuales pueden tener normas particulares, las que se encuentran y están por encima de la propia Ley de Impuesto a las Ganancias. En este punto, es dable resaltar que Argentina adhiere a los principios de la OCDE para evitar la doble NO IMPOSICIÓN (Convenio Multilateral BEPS).

En términos generales, Argentina adhiere al sistema de “renta mundial” (los residentes argentinos deben pagar impuestos sobre sus ingresos y bienes, tanto en Argentina como en el exterior) y la tributación del establecimiento permanente y en el caso de los no residentes, el de la fuente.

6. ¿Existe intercambio de información entre Argentina y otros países, a los efectos tributarios?

Sí, existe intercambio de información entre Argentina y terceros países, en los casos en que las personas sean residentes (fiscales) o posean una residencia legal (migratoria) en el país.

7. ¿La ley argentina contempla la posibilidad de doble residencia?

Sí. La ley argentina contempla la posibilidad de doble residencia (tanto fiscal como migratoria). A los efectos tributarios, se toman, para el cómputo, las leyes de los dos (o más) países en los cuales una persona posea una residencia legal (fiscal/migratoria).

¿Qué pasa si poseo una residencia fiscal en dos o más países? El criterio general consiste en computar como los “pagos a cuenta” el impuesto pagado en otro país. Es decir, si pagó ej. en Turquía $100.000, y en Argentina debería pagar $450.000, se descuenta lo abonado en el otro país (o viceversa).

8. ¿Qué impuestos deben tener en cuenta las personas migrantes en Argentina?

Algunos de los principales impuestos que pueden alcanzar a las personas migrantes residentes fiscales en la República Argentina son:

  • Impuesto a las Ganancias: para quienes trabajan en relación de dependencia, de forma autónoma o tienen ingresos del exterior.
  • Monotributo: una opción simplificada para pequeños/as contribuyentes, ideal para quienes comienzan una actividad económica propia (comprende IVA, ganancias).
  • Bienes Personales (personal asset o wealth tax) – impuestos sobre el patrimonio: si tiene determinados activos en Argentina o en el extranjero, debe realizar una declaración jurada (de acuerdo a los mínimos imponibles, y pagar el impuesto, si corresponde).
  • Aportes previsionales y a la obra social: especialmente si trabaja de manera independiente.

9. Estructura fiscal en Argentina

Argentina es un Estado federal, por lo que existen distintos niveles de autoridades fiscales:

  • Fisco nacional (ARCA): administra impuestos como: impuesto a las ganancias; IVA; bienes Personales; contribuciones patronales; impuestos internos.
  • Fiscos provinciales: cada provincia tiene su propia agencia tributaria (por ejemplo, ARBA en Buenos Aires, API en Santa Fe, ATM en Mendoza): recaudan principalmente ingresos brutos, impuesto inmobiliario, impuesto automotor y sellos.
  • Municipios: suelen cobrar tasas por servicios: tasa de seguridad e higiene; alumbrado, barrido y limpieza; derecho de construcción, habilitación comercial, etc.

10. Residencia (migratoria) como trabajador migrante (contratado) o residencia por motivos individuales (a nivel personal): diferencias esenciales

La tributación de las personas humanas depende de la determinación de su condición de residente fiscal.

  • Si la persona se encuentra en relación de dependencia (de empleadores argentinos o extranjeros con oficina en el país), es residente fiscal con un régimen especial: durante 5 años sólo paga por ganancias (sueldos, bonificaciones, etc.) y bienes de fuente argentina. Luego de 5 años, se considera residente fiscal pleno.
  • Las personas que residen por motivos personales (autónomos, rentistas, etc.) sólo pagarán impuestos a partir del 13° mes de presencia en Argentina. Las personas en situación migratoria irregular también están cubiertas por esta categoría.

11. Empleados (personas contratadas por empresas argentinas o extranjeras con filial u oficina en el país)

  • Retención de Impuesto a las Ganancias: El empleador es responsable de retener y pagar el impuesto correspondiente.
  • Deducciones y exenciones: Las deducciones permitidas incluyen: cargas de familia, gastos médicos, alquileres y seguros de vida, según lo establece la Ley del Impuesto a las Ganancias. Las donaciones a instituciones caritativas (como Fundación Migra) son deducibles por hasta 5% del ingreso neto.
  • Aportes a la Seguridad Social / Jubilación: Las personas en relación de dependencia deben realizar aportes al Sistema Previsional.

12. ¿Qué sucede si usted posee ingresos en el exterior?

Si es residente fiscal argentino y tiene ingresos fuera del país, debería evaluar con un experto si corresponde declarar o tributar en Argentina. Los beneficiarios no residentes y extranjeros solo son gravados sobre sus ingresos originados en Argentina.

13. ¿Qué pasa si no poseo (aún) un DNI argentino?

Sus obligaciones fiscales no están vinculadas a la posesión de un DNI. Puede obtener un CUIT o CUIL provisorio con su pasaporte y su certificado de residencia precaria, lo que le permite facturar, inscribirse en el “Monotributo” y acceder a obra social.

14. ¿Argentina tiene un impuesto de salida o “exit tax”?

No.

15. ¿Cómo pierdo mi categoría de residente fiscal?

La residencia fiscal se puede perder por:

  • Obtener la residencia migratoria (no fiscal) en otro Estado.
  • Pasar más de 270 días fuera de la Argentina con “fines de permanencia” en el exterior.

16. ¿Qué sucede si tuve una residencia en calidad de “trabajador migrante” (contrato laboral con un empleador local/argentino) y mi contrato terminó?

Si está en relación de dependencia, es residente fiscal con un régimen especial (durante 5 años sólo paga por ganancias y bienes de fuente argentina). Luego de la finalización del contrato, si la persona permanece en el país, pasa a ser residente fiscal, y debe pagar impuestos por sus bienes y ganancias (rentas) en Argentina y el exterior.

17. ¿Qué pasa si me naturalizo argentino?

¿Cambia algo? En términos generales, los mismos principios se aplican para argentinos y para extranjeros (lugar, tiempo de residencia, etc.). Sin embargo, según su nacionalidad de origen y los convenios existentes, la situación puede variar y debe ser analizada con cautela.

18. ¿Y si obtengo la nacionalidad argentina por inversión?

19. Mis ingresos como “pensionado” (ej. veterano de guerra), ¿son taxables en argentina?


Buen día. Una consulta: income from pension, is it taxed here? If you are a resident (in migration terms).

Es grabable, en argentian. Salvo que haya un convenio de doble imposición en el plaís (ej. rentas personales, sí trata y algunos casos cede la potestad al edo de la fuente) Argentina le cede la potestad de grabarlo al país d eorigen  y si el país de origen no graba, argentina no graba.

No hay convenio con USA.

Visa de inversión. Cambió la ley.

Ley de modernizacióni laboral.

Las personas humanas extranjeras que hubieran obtenido la ciudadanía argentina por naturalización en virtud de haber realizado inversiones relevantes en el país, en los términos del inciso 2 del artículo 2° de la Ley de Ciudadanía N° 346 y sus modificaciones, no serán consideradas residentes fiscales en los términos del inciso a) del presente artículo por el solo hecho de dicha naturalización.

A efectos exclusivos de la aplicación del inciso b) de este artículo, las personas humanas extranjeras que hubieran obtenido la ciudadanía argentina por naturalización en virtud de haber realizado inversiones relevantes en el país, en los términos del inciso 2 del artículo 2° de la Ley de Ciudadanía Nº 346 y sus modificaciones, serán consideradas como personas humanas de nacionalidad extranjera.

Continuarán siendo considerados residentes en los términos del inciso b) del presente artículo aquéllos que, al momento de obtener la ciudadanía por inversión, ya fueren residentes permanentes en el país.

Ciudadanía por inversión, residencia por inversión. Diferentes.

Ciudadanos por inversión, son residntes fiscal? No se sasbel Probame que no sos residente.

Tributario, desde la visión tributaria

Hay que hablar de lo que no conoce la gente

Presento el tema, Vamos a tratar en este seno de la comisión, etc.

Jorge Adad, pte comisión de estudios, ya para 2do cuatrimestre Argentino que se fue a argentina. Quiero no opagar impuesto en argentina. Quiero seguir siendo residente en Uruguay. Vengo menos de 6 m3eses y me voy.

Paula Carello

Abogada fundadora de Lux Brumalis

Especialista en Derecho Migratorio, Asilo y Ciudadanía

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