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Jurisprudencia Argentina en materia migratoria (expulsión del país)

Sep 13, 2025 | Jurisprudencia

«VARIACIÓN SUSTANCIAL» DE LA LEY APLICABLE.

Doctrina “PFANNSHMIDT MORALES”.

El tribunal de grado rechazó el recurso deducido por el migrante actor y, en consecuencia, confirmó la cancelación de su residencia permanente y su consecuente extrañamiento del territorio nacional con prohibición de reingreso de carácter permanente. Así puso de relieve que, en función de la pena de cinco años de prisión recaída sobre el accionante en orden al delito de comercialización de estupefacientes, su situación quedaba subsumida en el art. 62, inc. b), de la ley 25.871, tanto en su redacción original como en el texto que le imprimió el decreto 70/17.

Apelada tal decisión por el actor —en concreto, bajo el argumento de que el precepto en juego requería que el quantum de condena superase los cinco años—, la sala, por mayoría, confirmó el pronunciamiento, con apoyo en las siguientes consideraciones: (i) reeditó su criterio —puntualizado en numerosos precedentes— en torno a que el derecho sustantivo debía ser evaluado según la normativa en vigor en la época de acaecimiento de los hechos enjuiciados o de su efectiva toma de conocimiento; (ii) la DNM había incurrido en error al subsumir el caso a la luz del texto modificado por el decreto 70/17, toda vez que había sido comunicada de la condena penal en crisis con antelación a su entrada en vigencia; (iii) el caso se encontraba regido, entonces, por el art. 62, inc. b), de la ley 25.871, con la ―probable inviabilidad de la expulsión del actor por no darse a su respecto los requisitos contemplados a tal fin en el ordenamiento jurídico aplicable; (iv) empero, tal conclusión se veía comprometida en razón del criterio jurisprudencial sentado por la Corte federal a partir de Fallos: 345:1079 (―Pfannshmidt Morale) y consolidado desde entonces; oportunidad en que recalcó que la ―variación sustancial o ―profunda modificación‖ que se había producido en la regulación legal migratoria —esto es, la derogación del decreto 70/17 a manos de su homónimo 138/21, y la consecuente reinstalación del régimen original— exigía revocar el fallo de Cámara que había convalidado la orden de expulsión con sustento en el decreto 70/17, y devolver las actuaciones para que se ―examine el asunto a la luz de las nuevas disposiciones vigentes‖; (v) en la especie, el dictado del decreto 366/25 había introducido una nueva ―variación sustancial o ―profunda modificación del cuerpo normativo migratorio, y a sus términos correspondía estar; y (vi) sobre tales bases, confirmó el acto de extrañamiento, en función de la redacción del art. 62 de la ley 25.871 actualmente en vigor, que reclama como antecedente penal la comisión de un delito doloso que hubiese merecido pena privativa de libertad, sin aclaración de quantum.

Causa 57.948/2019 ― C.M., Y.N. c/ E.N. – M. Interior, OP Y V – DNM s/ recurso directo DNM. Sala IV. 17/07/2025.

Actor representado por la Comisión del Migrante de la DGN.

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