Ayer por la tarde, se concretó el evento «Intervenciones Sociales con Población Migrante», al cual fui invitada a exponer sobre «Procesos migratorios con perspectiva de Derechos Humanos», compartiendo experiencia adquirida desde Fundación Migra, en el abordaje de casos migratorios de personas migrantes en situación de vulnerabilidad (donde acompañamos y asesoramos jurídicamente Disposición 166/2024
de manera pro bono, diverso tipo de casos y situaciones migratorias).
El evento fue organizado por el Colegio de Trabajadores Sociales de la Provincia de Buenos Aires – Distrito Lomas de Zamora, y coordinado por la Lic. @Vanessa Mazzoni, a quien tuve el honor de conocer durante mis años de labor en la Dirección Nacional de Migraciones de Argentina. Participaron también del panel dos funcionarios del área social de la DNM (la Jefa del Área de Servicio Social, Lic. @Natalia Riccio, y el Lic. @Pablo Rojas, Segunda Firma). También acompañó a Mazzoni el Lic. @Leonardo Martone.
Abordamos, además de cuestiones generales vinculadas a los derechos humanos y vulnerabildiades en los procesos migratorios, la nueva normativa de la DNM referida a la eximición del pago de tasas de radicación, de personas migrantes en situación de vulnerabilidad (Disposición 166/2024).
En una rica discusión al final de lasl exposiciones, surgieron temas como:
- Diferencias entre informe social e informe socioambiental (el último, que es el requerido por la mencionada normativa, debe realizarse necesariamente en domicilio)
- Desafíos cuando, por diversas razones, no puede el TS realizar la visita domiciliaria.
- Situaciones de evidente vulnerabilidad, como indigencia o situación de calle.
- Recursos administrativos ante la denegatoria de la eximición.
- Las problemáticas vinculadas al punto número 5 del modelo de Informe Socioambiental (que adjunto en imágen), en particular, si la consignación de ciertas cuestiones puede poner en riesgo a la persona (ej. de eventuales traficantes o tratantes de personas, perjudicar su ulterior trámite migratorio, de alguna manera, o afectar a sus familiares, o personas convivientes).
Finalmente, debido al requerimiento actual de que dicho Informe Socioambiental sea realizado exclusivamente por TSs que trabajen en organismo público (y de ONGs que hayan firmado convenio con la DNM), y vistas las dificultades que encuentran las personas migrantes en hacerse de tal documento (por no encontrar quién o dónde realicen esta gestión), pensamos en armar un «Recursero» o un «Mapeo» de entes y organizaciones que realizen este trámite, a nivel federal, para articular y derivar.
Aquí va una iniciativa, que pueden circular, a sus contactos (Trabajadores Sociales, en función pública, que realicen o puedan realizar Informes Socioambientales en domicilio). https://lnkd.in/dPMjwe25
La normativa oficial está disponible en:
https://lnkd.in/dZYuVN7y